El término “accidente por resbalones y caídas” es usado en la legislación de daños y perjuicios personales para describir el tipo de casos donde una persona resbala, tropieza o cae en propiedad ajena. Generalmente, una demanda por “resbalones y caídas” entra en la amplia categoría de casos de “responsabilidad civil” donde un propietario puede considerarse financieramente responsable por lesiones ocurridas en su propiedad.
Situaciones peligrosas o no apreciables, a simple vista, en el piso son las causas más comunes de lesiones por resbalones y caídas. Superficies (del piso) irregulares, alfombras rotas, pisos mojados, agujeros o baches en el piso, y pavimento fracturado son sólo algunas de las condiciones comúnmente peligrosas que provocan accidentes por resbalones y caídas. Adicionalmente, una iluminación pobre y escaleras angostas causan serias lesiones, tales como torcedura de tobillos, caderas fracturadas, lesiones en las rodillas, lesiones cerebrales, y lesiones en la columna vertebral.
Los casos de lesiones por resbalones y caídas resultan a menudo muy complejos porque las conductas tanto de la parte lesionada como la del propietario del local, son cuidadosamente escudriñadas por la corte. Por un lado, las cortes reconocen que los propietarios son responsables de mantener su propiedad en condiciones razonablemente seguras, especialmente para huéspedes, invitados y conocidos, tales como compradores que entran en una tienda con el propósito de adquirir productos. Por otro lado, algunas veces las personas simplemente se caen, y ninguna precaución razonable por parte del propietario pudo haber prevenido el accidente.
En la mayoría de los casos de resbalones y caídas, la persona lesionada debe probar que la caída fue causada por una “condición peligrosa” que fue previamente conocida, o debió haber sido conocida por el propietario. Una condición peligrosa es aquélla que sin anticipación y sin ser advertida, presenta un riesgo razonable para la gente que está en la propiedad.
Existen tres tipos comunes de casos de resbalones y caídas en los que las cortes frecuentemente encuentran que el propietario es legal y financieramente responsable por las lesiones que ocurran en su propiedad. Primero, las cortes no titubean en encontrar a un propietario responsable cuando éste de hecho crea la condición peligrosa que causó el resbalón y caída. Segundo, aún si el propietario no crea la condición peligrosa, todavía puede ser responsable si sabía de la condición peligrosa y negligentemente, omite repararla. Tercero, el propietario puede ser financieramente responsable por las lesiones, si la condición peligrosa existía en la propiedad por tanto tiempo que debió haberla descubierto y repararla antes del accidente.
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