La ley de Florida generalmente permite presentar una reclamación por resbalón y caída contra la parte encargada de las instalaciones si usted es un invitado. Según la ley de responsabilidad de locales, un invitado es alguien que tiene permiso legal para estar en la propiedad. Como tal, el propietario de la propiedad, el negocio o cualquier otro inquilino podrían ser responsables de su seguridad. Ejemplos de invitados incluyen a los clientes que compran en una tienda o a los técnicos profesionales que realizan reparaciones dentro de un establecimiento.
Sin embargo, las reglas sobre quién puede presentar una reclamación por resbalón y caída en Florida dependen de varias otras circunstancias también. Si sufrió un resbalón y caída, un abogado puede determinar si usted califica para presentar una reclamación por sus lesiones.
¿Pueden los Intrusos Presentar Reclamaciones por Resbalón y Caída?
Según las leyes de responsabilidad de locales de Florida, la responsabilidad de un propietario o inquilino se limita si un intruso resulta herido en su propiedad. Esas limitaciones también se extienden a los accidentes por resbalón y caída. Por ejemplo, normalmente no tienen el deber de advertir a los intrusos sobre ningún peligro en su propiedad. Sin embargo, cuando alguien es descubierto en la propiedad sin permiso, el propietario debe advertirle sobre cualquier peligro potencial. Luego, dependería del intruso hacer caso o no a la advertencia.
Un intruso podría ser capaz de presentar una reclamación por resbalón y caída si:
- Pueden probar que el propietario de la propiedad o el inquilino deliberadamente establecieron el peligro para dañar a los intrusos.
- El propietario de la propiedad invitó expresamente al intruso después de detectarlo en las instalaciones.
Un intruso no puede presentar una reclamación por resbalón y caída si estaba ebrio o bajo la influencia de drogas cuando tuvo el accidente. Además, no puede tomar acciones legales si cometió un delito – o estaba a punto de cometer uno – en las instalaciones.
¿Qué Pasaría Si la Víctima de Resbalón y Caída Es un Niño?
Así como un adulto que sufre lesiones por resbalón y caída puede calificar para compensación del propietario responsable de la propiedad, los niños también pueden hacerlo. Sin embargo, como menores, no podrían tomar acciones legales por sí mismos. En su lugar, los padres o el tutor legal del niño pueden presentar la reclamación por resbalón y caída en su nombre.
Tenga en cuenta que Florida otorga cierta flexibilidad para las reclamaciones por lesiones y los casos que involucran a menores. Por ejemplo, mientras que un caso típico de resbalón y caída tendría un plazo de presentación de cuatro años, el estado le da hasta siete años si está presentando una reclamación en nombre de su hijo.
¿Puede una Víctima de Resbalón y Caída Presentar una Reclamación Si Es Parcialmente Responsable?
Sí, las víctimas de resbalón y caída parcialmente responsables aún pueden demandar al propietario o inquilino en Florida. A diferencia de algunos estados con culpa comparativa que le impiden recibir compensación si es más del 50 por ciento responsable, el Estatuto de Florida § 768.81 aún le permitirá hacerlo. Sin embargo, la cantidad real que puede recuperar depende de la cantidad de responsabilidad compartida.
Como ejemplo, suponga que se resbaló y cayó en un piso recién trapeado en una tienda. El ajustador de reclamaciones determina que usted es 40% responsable por caminar apresuradamente, mientras que la empresa es 60% responsable por no haber colocado una advertencia. Esto significa que tendría derecho a cobrar solo el 60% de sus pérdidas totales.
¿Cómo Se Prueba la Culpa del Propietario en un Accidente por Resbalón y Caída?
Una reclamación por resbalón y caída funciona de manera similar a otras reclamaciones basadas en negligencia en el sentido de que debe probar que el propietario responsable de la propiedad le debía un deber de cuidado. Al incumplir ese deber de cuidado, la parte encargada de las instalaciones causó el resbalón y caída.
Por ejemplo, según el Estatuto de Florida § 768.0755, un establecimiento comercial debe proteger a los clientes y otros invitados de sustancias extrañas que podrían causar accidentes por resbalón y caída. Una víctima podría responsabilizar al establecimiento por negligencia si tiene pruebas de que:
- La condición peligrosa ocurre regularmente en el establecimiento.
- El negocio ya tuvo tiempo suficiente para conocer el peligro y abordarlo en consecuencia (como proporcionando señales de advertencia y solucionando el problema).
Sin embargo, también necesitará probar que el accidente por resbalón y caída causó sus lesiones. Eso significaría proporcionar registros médicos y, si es posible, grabaciones del incidente.
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