No hay nada como pasar un día en el agua. Disfrutar del calor del sol y del tiempo con amigos o familiares en el agua es un pasatiempo favorito en Jacksonville, Florida.
¿Posee o opera un barco en Jacksonville, Florida? Hay leyes marítimas y de navegación específicas en Jacksonville, FL que necesita conocer.
Leyes Marítimas y de Navegación de Florida que Todos los Navegantes Deben Conocer
Antes de zarpar, asegúrese de familiarizarse con las leyes marítimas y de navegación locales. Aquí está lo que necesita saber antes de salir por un día en el agua.
Requisitos de Registro de Barcos
En Florida, todos los barcos deben estar registrados dentro de los 30 días posteriores a la compra en la Oficina del Recaudador de Impuestos del Condado. Una vez que el barco ha sido registrado, la etiqueta de registro debe ser fijada al casco en el lado de babor del barco.
Las embarcaciones exentas de registro incluyen:
- Barcos no motorizados de menos de 16 pies, incluyendo canoas, kayaks o cascos de competición
- Botes salvavidas
- Embarcaciones propiedad del Gobierno de los EE. UU.
- Barcos registrados en otros estados que permanezcan en Florida por menos de 90 días
Dentro de los primeros 30 días después de la compra, las embarcaciones pueden usar su factura de venta en lugar del registro.
Requisitos de Seguridad en la Navegación
Cualquier operador de barco que tenga menos de 18 años y opere un barco con 10 o más caballos de fuerza debe aprobar un curso de seguridad en la navegación. Además, todos los barcos deben tener chalecos salvavidas “disponibles” aprobados por la Guardia Costera de EE. UU. a bordo. El número de chalecos salvavidas requeridos varía según el tamaño del barco y el número de pasajeros. Vea el equipo de seguridad requerido según el tamaño del barco aquí.
Los niños de seis años o menos deben usar un chaleco salvavidas aprobado por la Guardia Costera de EE. UU. en todo momento mientras estén a bordo, a menos que el barco tenga más de 26 pies de longitud.
Otros requisitos de seguridad en los barcos de Florida:
- Las embarcaciones de más de 16 pies están obligadas por ley a tener un dispositivo de flotación personal lanzable.
- Todos los barcos deben tener un “dispositivo de producción de sonido eficiente”, como un silbato.
- Los barcos deben usar luces de navegación siempre que la visibilidad esté reducida, como al atardecer, por la noche, al amanecer y en condiciones de niebla o lluvia.
- Los barcos con tanques de combustible incorporados están obligados a tener un extintor de incendios aprobado para uso marino.
Leyes de Reporte de Accidentes de Navegación
Si está involucrado en un accidente de navegación, la ley de Florida requiere que informe el accidente lo antes posible a la policía o a la Comisión de Conservación de Peces y Vida Silvestre de Florida. Debe proporcionar “toda la atención posible” a cualquier persona involucrada en el accidente antes de abandonar la escena del accidente de navegación.
No necesita reportar un accidente de navegación si las lesiones requieren atención básica de primeros auxilios o resultan en menos de $2,000 en daños a la propiedad.
Regulaciones de Velocidad en la Navegación
No hay límites de velocidad establecidos para los barcos; sin embargo, los operadores de barcos no deben crear una estela excesiva o peligrosa. Debe adherirse a las zonas de estela publicadas, por ejemplo, zonas de “Sin estela” o “Estela mínima”.
Requisitos de Silenciador para Barcos
Todas las embarcaciones de navegación están obligadas a tener un dispositivo de silenciador según la ley de Florida. Estos dispositivos están diseñados para reducir el sonido de un motor, permitiendo que el operador y los pasajeros del barco se comuniquen y escuchen, por ejemplo, gritos de advertencia.
Navegación Bajo la Influencia de Alcohol o Drogas
Al igual que conducir bajo la influencia, es ilegal operar un barco mientras se está bajo la influencia de drogas o alcohol. Los operadores de barcos mayores de 21 años no deben tener un contenido de alcohol en sangre superior a .08. Los operadores menores de 21 años no deben tener un contenido de alcohol en sangre superior a .02.
Leyes de Protección de Manatíes
La ley de Florida y federal prohíbe hostigar, cazar, capturar o matar cualquier animal marino, incluidos los manatíes. Cualquier acción que interrumpa el comportamiento normal de un manatí puede resultar en tiempo de prisión y multas elevadas. Los navegantes deben evitar las zonas de protección de manatíes designadas.
Protección de Hierbas Marinas
En Florida, las hierbas marinas sirven como fuente principal de alimento para varias especies de vida marina en peligro de extinción. También actúan como un filtro natural, lo que las hace críticas para la seguridad de las aguas de Florida.
Los operadores de barcos deben evitar los lechos de hierbas marinas siempre que sea posible. Dañar las hierbas marinas es un delito punible en algunas aguas estatales.
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